domingo, 29 de enero de 2012

Momento crucial: Julián Conrado ante el Tribunal Supremo, por Arturo Ramos R.

Libertad y asilo político para Julián Conrado

Nuevamente llega el momento de la movilización. Este miércoles primero de febrero, puede decidirse finalmente la suerte futura de Julián Conrado, en la audiencia pública que le fijó el Tribunal Supremo venezolano luego de 8 meses de su secuestro, en operación conjunta de las fuerzas de seguridad colombianas y venezolanas. Se ha insistido hasta el cansancio en la ilegalidad y vicios del proceso con el cual, el gobierno colombiano pretende extraterritorializar la llamada Política de Seguridad Democrática(1.-), decidida por el Departamento de Estado norteamericano y con la cual se pretende exterminar, no solo a la insurgencia guerrillera sino a los sectores que, en Colombia, se oponen a la injusticia, demandando reivindicaciones y respeto a los derechos del sufrido pueblo hermano, en guerra desde hace 60 años.
Los que defendemos los derechos del artista encarcelado no tuvimos que hacer mucho esfuerzo para develar las triquiñuelas y mentiras del Estado colombiano en su saña persecutoria. La sucesión de torpes y fantásticas acusaciones contra el cantante dejó al descubierto, una vez más, la impune maquina represiva del país vecino, la cual, al parecer, se excedió en el desprecio por el sistema jurídico venezolano, violando los procedimientos legales establecidos, confiados en las manifestaciones de buena voluntad y amistad expresadas por el Presidente Chávez.
Como adelanté hace meses, una vez que el Estado venezolano a diferencia de lo sucedido con Pérez Becerra, decidió (aunque a trompicones y de manera irregular) ajustar la detención del cantante a un proceso legal, la situación se trasformó irreversiblemente en un cuestionamiento agudo del sistema policial y jurídico colombiano. No había manera de acusar a Conrado solicitando su entrega y a la vez desviar la atención de la monstruosa política punitiva del Estado colombiano.
Veamos los siguientes ejemplos. Para octubre de 2009, la Fiscalía General colombiana investigaba 946 casos relacionados con asesinatos o masacres calificadas como falsos(as) positivos(as) y la Procuraduría 1043. En febrero de 2010, 40 militares involucrados en estos hechos habían sido liberados. Un gran escándalo fue la llamada Masacre de San José de Apartadó (Antioquia), en la que murieron 5 adultos y 3 niños, los cuales fueron degollados y descuartizados, en acción conjunta del paramilitarismo y el ejército, que luego responsabilizaron a las Farc-Ep de lo sucedido. La verdad quedó al descubierto por las revelaciones del paramilitar Jorge Luis Salgado, participante del hecho y quien confesó los pormenores de la barbarie.
De un notorio falso positivo judicial fue víctima Evelio Loiza Muñoz, médico durante décadas en las zonas humildes de Calí y quien, acogiéndose durante el gobierno del Presidente Belisario Betancur a la ley 35 de 1982 de amnistía, abandonó las filas insurgentes para dedicarse a la labor social. El 1 de julio de 2009 fue detenido por un operativo judicial en su residencia. El General de Brigada Justo Eliseo Peña, responsable de la detención y escalando sus galones divisionarios, lo presentó ante los medios de prensa como el “comandante del Frente Sur Occidental del ELN”. Dos meses después, luego de numerosos pronunciamientos públicos y arduas gestiones judiciales, el Dr. Loaiza salió de la cárcel. En nota pública expresaría: “La tranquilidad de los últimos años que pensaba disfrutar amablemente, después de una vida de tanto trabajo, se interrumpió. Hoy estoy en la ruina por la persecución que he padecido incluyendo la cárcel, estoy sin trabajo, mi pensión (actualmente la estoy reclamando al seguro social), perdimos la mayoría de nuestros bienes y si existe justicia merezco reparación, esa será la nueva etapa de mi vida, luchar por mis derechos conculcados, y volver a vivir disfrutando el amor, la amistad, la poesía, el arte, la música, el compartir con mis amigos. Volver a escuchar tangos en Casablanca, en Matraca, en la casa de mis amigos. Vivir, porque en la cárcel no se vive, cada día se muere.” Hoy, vive como refugiado junto a su esposa en Suiza: logró escapar del encierro pero no a las amenazas de muerte ni la angustia de saberse sentenciado.
El terror que ejerce en la guerra el gobierno colombiano llega a tales extremos de ficción, que ni siquiera la reaccionaria revista SEMANA puede obviarlos; invito a los lectores a revisar este enlace (“El escalofriante testimonio de Luis Esteban Montes, un soldado que se enteró de que sus compañeros de pelotón mataron a un campesino cualquiera para hacerlo pasar por guerrillero. Pero la víctima resultó ser su propio hermano.”)(2.-)
La llamada Política de Seguridad Democrática y sus acostumbrados falsos positivos va mas allá de ser una estrategia contrainsurgente, en tanto regularizó la criminalización a cualquier tipo de oposición o lucha social contra la oligarquía y los poderes establecidos, encarcelando a dirigentes sociales, sea cuales fueren sus ámbitos de lucha, tal como sucedió en el 2008 con el movimiento campesino del Arauca.(3.-)
Un precedente análogo al caso que nos ocupa fue el del Cura Camilo, Francisco Antonio Cadena Collazos, ex-sacerdote detenido el 2005 en Brasil, por oficio de la Interpol a solicitud del gobierno colombiano. Los cargos: asesinato y secuestro extorsivo. ¡Los mismos que le endilgan en la espuria y extemporánea tercera acusación a Julián Conrado! ¡Que avispado nos ha salido el gobierno colombiano! El Tribunal Supremo brasileño, pese a las llamadas telefónicas de Uribe a Lula, negó la extradición y hoy el perseguido vive refugiado en Brasil, resguardado de la mafia paramilitar. A diferencia de la silenciosa postura oficial PSUV (que no de su militancia), el Partido de los Trabajadores del Brasil, entonces y hoy en el gobierno, se pronunció en contra de la entrega. Buen ejemplo a considerar.(4.-)
En el preámbulo de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se establece que el nuestro, es un Estado de Derecho y de Justicia, así, a las consideraciones legales que favorecen a Julián Conrado, es inevitable sumar ejemplos como los anteriores que establecen obligaciones éticas muy superiores a las leyes escritas. En una disyuntiva definitoria para el futuro se encuentra el Tribunal Supremo venezolano este miércoles primero de febrero. No exagero. Se enfrentan, la urgencia en mantener las cordialidades diplomáticas vs. la soberanía de un gobierno que fue elegido para obedecer a un pueblo en revolución; el camino interminable de la guerra vs. la reconciliación, el optimismo y la paz con justicia social que representa el canto alegre de Conrado; el puntal más confiable del imperio en Suramérica vs. la Revolución Bolivariana, ejemplo, faro y esperanza de los oprimidos en el mundo. En honor a la reciente amistad, explicable por los imperativos de la realpolitik y en resguardo del jugoso intercambio comercial favorable a Colombia, recompuesto desde que el paranoico twittero Uribe salió de la presidencia, Santos deberá resignarse y calmar a sus furibundas huestes, si Conrado gana la libertad.
NO PODEMOS NI DEBEMOS, hacernos cómplice de la aberrante política represiva del gobierno vecino. La decisión no depende, como lo pretende la falaz prensa colombiana y los voceros yankys, de las afinidades que se tengan o no hacia las fuerzas guerrilleras, con las que una y otra vez el Presidente Chávez ha marcado distancia crítica, sino del apego al fetiche de las leyes que tanto se invocan, así como a los deseos de justicia, solidaridad e integración de las fuerzas progresistas nacionales y latinoamericanas.

¡El miércoles 1ro de febrero todos al Tribunal Supremo!
¡Vamos a su encuentro!
¡Libertad y refugio para Julián Conrado!
¡Amando venceremos!

arturoramos1970@gmail.com

Referencias citadas :
(1.-) http://www.kaosenlared.net/america-latina/item/5037-vericuetos-paralegales-del-plan-c%C3%B3ndor-para-matar-a-juli%C3%A1n-conrado-entrevista-mp3-el-31-audiencia-p%C3%BAblica-en-tsj-libertad-y-asilo-pal%C2%B4-cantor-%C2%A1vamos-a-su-encuentro.html
(2.-) http://www.semana.com/nacion/hermano-falso-positivo/117023-3.aspx
(3.)- http://www.prensarural.org/spip/spip.php?article3856
(4.-) http://www.fac.mil.co/index.php?idcategoria=19066

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